El Juzgado de lo Penal número 1 de las Palmas de Gran Canaria ha condenado a dos hermanos por un delito de maltrato animal a la pena de 7 meses y 16 días de prisión para cada uno. El Colegio de Veterinarios de Las Palmas se personó como acusación particular a cargo de la letrada Silvia Martín Pérez.
Los acusados fueron condenados por realizar el corte de rabo o caudectomía de unos cachorros con fines estéticos para su posterior venta. La condena considera a los autores responsables de “un delito de maltrato animal por haber causado en ellos lesiones que menoscabaron gravemente su salud y además con la circunstancia de causar la pérdida o la inutilidad de un sentido órgano o miembro principal”.
Estos hechos implican unas penas que van desde 7 meses y 15 días a un año de prisión y de inhabilitación especial para ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de estos de dos a tres años. Habitualmente este tipo de prácticas vienen siendo consideradas, cuando no archivadas, hechos constitutivos de delitos leves consistentes en un maltrato cruel y que conllevan penas de carácter mucho más leve como una multa.
En los hechos probados de la sentencia se señala que a finales de julio de 2020 uno de los acusados, propietario de 8 canes de raza Pinscher que habían nacido el día 23 de ese mismo mes y año, entregó los mismos a su hermano, también acusado, a fin de proceder a cortar la cola de los cachorros y posteriormente proceder a su venta.
Aproximadamente una semana después de nacer tales cachorros, “sin ostentar título veterinario o médico alguno y careciendo de cualquier medida sanitaria e higiénica adecuada para ello, y siendo dicha acción absolutamente innecesaria tanto por razones estéticas como sanitarias, con evidente peligro para la vida de los animales, el acusado, con la total anuencia de su hermano, procedió a la caudectomía (corte o mutilación de la cola) de los canes y posteriormente participó junto a su hermano en la venta de cuatro de ellos tras publicar un anuncio en Internet”.
Esta causa fue instruida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Arucas. En el juicio oral los acusados mostraron su conformidad plena con las conclusiones del Ministerio Fiscal y la defensa la ratificó, por lo que se procedió a dictar sentencia por conformidad in voce por parte de la magistrada María Gabriela Ramos Sáenz.
Dispones de la sentencia en el siguiente enlace.