El doctor José María Pérez Monguió, profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Cádiz, abordó ayer el maltrato en la normativa penal tras la reforma del Código penal de 2015 y en la normativa administrativa autonómica comparada. Pérez Monguió es doctor europeo en Derecho por la Universidad de Cádiz.
Su ponencia tiene un título amplio: ‘La respuesta normativa al maltrato animal ante las emergentes sensibilidades sociales: ¿un avance formal?’.
El título en sí mismo dice casi todo. El objetivo es exponer cómo se han ido produciendo las distintas modificaciones en el campo normativo al albur de las distintas reacciones sociales que se están produciendo desde hace ya quince años, que han ido poco a poco emergiendo hasta el día de hoy, que actualmente se ha convertido en una materia de primer orden en una sociedad occidental y en España cada vez más.
Cada vez hay más sensibilidad.
Sí, hace unos años, cuando yo empecé a estudiar la materia, las cuestiones de maltrato o de bienestar animal se tomaban en cuenta en ámbitos muy reducidos. Era un grupo muy pequeño el que se preocupaba por estas cuestiones, pero actualmente en los últimos aos ha ido creciendo y emergiendo esta sensibilidad y ahora se extiende a casi todas las capas sociales y todos los ámbitos.
El asunto está ahora caliente en todas las esferas.
Ahora podemos decir que es un trending topic o un top ten. Hace unos años, si había algún supuesto de maltrato en una cuestión vinculada a los animales, no tenía ninguna repercusión, salvo cuando se produjeron en el 99 o 2000 los ataques de perros potencialmente peligrosos, que tuvo mucha repercusión mediática. El maltrato animal no tenía mucha repercusión en los medios de comunicación hasta entonces. Al día de hoy cualquier acción de maltrato hacia los animales tiene una repercusión mediática muy importante y los medios de comunicación en gran medida se hacen eco de aquello que interesa a la sociedad.
La sociedad está cada vez más sensibilizada.
Recuerdo cuando hace nada aquellos chavales en un pueblo de Almería saltaron sobre unos cerditos y los mataron, o el caso del foie que Mercadona vende en algunos centros comerciales.
¿Las leyes se han ido adaptando a los tiempos?
Las leyes de protección animal, curiosamente cuando empiezan en España es en 1929. Aquella ley es muy antigua. Cuando empezó la democracia y se empezó a desarrollar el marco normativo autonómico, cada comunidad comenzó a aprobar sus respectivas leyes de protección animal, especialmente referidas a los animales de compañía. Eso era como consecuencia a su vez de que se había aprobado un año antes la ley catalana, que la fue la primera. El convenio europeo de protección de animales de compañía se reprodujo en gran parte en la ley catalana.
Ese fue el principio.
Ahí se produjo el pistoletazo de salida y todas las comunidades en cadena fueron aprobando sus respectivas leyes, hasta la última que fue en Andalucía en el año 2003. Actualmente estamos en el segundo proceso de regeneración normativa. Ya Madrid ha aprobado su segunda ley de protección de animales de compañía, una ley de segunda generación, y actualmente están en ello Galicia, Cantabria, Asturias, Canarias…
¿Hay una reactivación en este sentido?
Se está produciendo una nueva activación o una reconsideración de los principios de materia de protección animal, que están obligando a cambiar las leyes. Todo esto dentro del ámbito autonómico.
¿Y a nivel nacional?
Dentro del ámbito nacional las cosas son bien distintas. Se han ido produciendo modificaciones significativas del Código Penal hasta el día de hoy, con reformas muy importantes en materia de abandono y maltrato.
¿Son similares las leyes autonómicas de protección animal?
Hay diferencias. Es verdad que tienen todos un marco o un núcleo común, pero dependiendo de cada comunidad autónoma hay un sesgo diferente. En todas partes está el principio de que hay que preservar el bienestar animal o que los animales son seres sensibles o que hay que incrementar las cotas y que el trato a los animales es una muestra de la civilización de los pueblos. Pero es verdad que hay muchas diferencias entre unas y otras.
Cada comunidad tiene su contexto. Por ejemplo, Canarias fue la primera comunidad que prohibió las corridas de toros.
Sí, es verdad, pero hay peleas de gallos. En Canarias pasa una cosa curiosa. Las peleas de gallos es una actividad ancestral, igual que pasaba en Andalucía. En Andalucía están permitidas estas peleas, siempre que se empleen para la mejora o selección de la raza. Finalmente esto requiere un control exhaustivo porque detrás de las peleas de gallos muchas veces hay otro tipo de actividades no excesivamente legales, como apuestas o actividades violentas que el Seprona está persiguiendo de cerca en Andalucía para evitar este tipo de prácticas.
¿Es difícil controlar las apuestas clandestinas?
Bueno, cada vez hay un mayor control de este tipo de actividades porque los criaderos se pueden localizar, se pueden estandarizar las pruebas que se hacen para la selección de los animales para la mejora de la raza. Se está trabajando cada vez más en esta materia y la sensibilidad esta presionando a todos los colectivos en aras de llegar a un avance significativo en el trato a los animales.
¿El maltrato animal va disminuyendo en España?
España tiene sus particularidades, pero no muy distintas a las de otros países. De hecho, cuando se habla en materia de animales potencialmente peligrosos y se aprobó la normativa en el 99, se decía que España era un país atrasado en esa materia y que eso era fruto del descontrol que se producía en nuestro país. Sin embargo, curiosamente el mismo año Francia aprobó su ley de animales potencialmente peligrosos, Inglaterra aprobó su ley en el 91, la problemática de los perros de presa en Alemania era muy importante y hubo varios supuestos de muerte.
¿España está atrasada?
Es verdad que España en temas de maltrato pueda estar un poco más atrás en algunas prácticas concretas, pero en otras estamos a un nivel europeo.
¿El perro de presa canario puede considerarse un animal potencialmente peligroso?
Yo no tengo los conocimientos técnicos para decir si el perro de presa canario es potencialmente peligroso. Lo que sí puedo decir con toda certeza es que los perros han sido seleccionados para una actividad. Cada raza ha sido seleccionada para una actividad. El perro de presa canario, como el resto de perros de presa, han sido seleccionados para la presa. Eso no quiere decir que sean agresivos, sino que tienen un instrumento y han sido seleccionados para una actividad concreta.
Cada perro tiene unas características peculiares.
El perro de presa, como el perro de rastreo, tiene unas mayores habilidades para el rastreo. Un perro de presa en manos de una persona sensata, con el animal bien educado, que venga de progenitores estables, seguramente no dará ningún problema. Un perro de presa en manos de personas no sensatas que no tengan los conocimientos adecuados, que vengan de una cría irresponsable por parte de personas que no saben lo que están haciendo y si encima los progenitores de esos animales son inestables, seguro que habrá un problema.
Muchas veces los problemas vienen más de las personas que de los animales.
Los problemas vienen de la manipulación y de la selección. Hay perros para todas las personas y no todos los perros son aptos para todas las personas. Es como si una señora mayor quisiera tener un cachorro de dogo argentino. Si la señora tuviera un problema de cadera se caería con este perro. Sin embargo un yorkshire le viene estupendo. Lo que requiere un perro es un tiempo, una educación, una dedicación y una conciencia de que es un ser sensible que necesita una educación.
¿Las leyes españolas protegen bien a los animales?
Las leyes en España cada vez protegen más a los animales. Eso es una certeza absoluta. De hecho, cuando se ve la evolución normativa de la protección animal en España desde mediados del siglo pasado hasta este se observa el avance tan significativo que se ha producido. Es como la cara y la cruz de la moneda. El código penal que se aprobó en el 95 fue modificado en materia de bienestar animal en 2003, como consecuencia de los sucesos de los quince perros a los que amputaron las patas delanteras en Tarragona. Luego se volvió a modificar el código penal en 2010 y se ha vuelto a cambiar en 2015.
Hay gente que defiende la tauromaquia hasta la muerte.
En estos tiempos disfrutar con una escena cruenta de otro ser vivo no es de recibo, por mucho arte que digan que tiene, y yo no voy a negar que tenga su parte artística o estética. Pero a mí no me parece muy razonable. De hecho es frecuente ver a extranjeros que van a la plaza de toros y salen asustadísimos de la sangre de los animales. Es una suerte de matar y a mí no me gusta que haya gente que disfrute viendo ese tipo de espectáculo.
Fuente: La Provincia.